¡Ya va siendo hora!

Desde que el 15 de marzo del pasado año, se decretasen aquellas medidas de seguridad tan drásticas y tan limitadoras de diversos derechos constitucionales que todos teníamos muy interiorizados y sobre los que creíamos que nunca, en un Estado de Derecho, podríamos tener que renunciar, han pasado muchos meses y hemos ido evolucionando en nuestros hábitos de vida, hasta el punto de habernos acostumbrado a niveles de convivencia impensables.

Y durante ese periodo de tiempo, tenemos que destacar, sin duda, la actuación de determinados colectivos (especialmente los sanitarios) que se han mostrado especialmente involucrados en el intento social por superar los efectos devastadores de la pandemia que nos azotaba y que aún se muestra remisa a abandonarnos.

Pero no podemos limitar ese reconocimiento a los profesionales directamente involucrados en el combate sanitario, sino que nuestra Sociedad, en el agradecimiento al que se siente obligada a exteriorizar, debe abarcar mucho más y mencionar, y en un lugar muy destacado, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a las Fuerzas Armadas, entre otros muchos colectivos que han destacado por su grado de implicación, colaboración y resolución en esa problemática.

Así, podríamos entrar a valorar los servicios de limpieza, los supermercados que han proporcionado los víveres necesarios, las diversas plataformas de variada índole (internet, telefónicas, eléctricas, etc) que nos han proporcionado bienes, servicios y suministros que han resultado vitales  para poder mantener unos mínimos niveles de convivencia, pero no tengo que extenderme mucho más para llegar al punto que quiero llegar y que no es otro que el personal y las empresas que constituyen el Sector de la Seguridad Privada.

Todos nosotros, en mayor o en menor medida, hemos dado la talla y hemos sabido estar en donde la Sociedad nos reclamaba para contribuir con nuestro esfuerzo y dedicación al cumplimiento de la legalidad y, por supuesto, a la incesante ayuda humanitaria que ha sido imprescindible aportar.

El personal de seguridad privada ha prestado apoyo y asistencia en los hospitales, cuya seguridad tiene encomendada, pero también ha participado, a requerimiento o a propia iniciativa, activamente en numerosas otras actividades que han sido decisivas para el mantenimiento de la convivencia. De hecho, la responsabilidad de las pocas actividades que se han mantenido permanentemente activas en nuestra sociedad durante estos más de dieciocho meses, ha sido regulada y controlada, en muchas ocasiones, por el personal de seguridad privada que se ha hecho cargo de numerosas e innovadoras acciones que se implantaban como medidas preventivas o de control en la extensión de esa pandemia. Y lo ha hecho con devoción y con profesionalidad, en la seguridad de que se precisaba su “granito de arena” para superar esos momentos y poder aspirar a recuperar los anteriores niveles de convivencia.

En nuestro caso, el reconocimiento popular no se ha exteriorizado de una manera tan inequívoca como se ha podido constatar en lo referente al agradecimiento social hacia otras profesiones, pero no nos ha importado porque, todos y cada uno de los que conformamos el Sector de la Seguridad Privada,  somos profesionales capacitados, cualificados y responsabilizados de nuestra función y del cumplimiento de las atribuciones que la Ley de Seguridad Privada 5/2014 nos atribuye.

Es por eso que, ahora que podemos respirar con más calma, creemos que ha llegado el momento de alzar nuestra voz, no para buscar reconocimiento o agradecimiento (no hemos trabajado tan arduamente estos meses para eso) sino para exigir a nuestro Gobierno que no nos olvide ni siga ninguneándonos y que se conciencie que una Ley del año 2014 no puede sustentarse para su desarrollo legal y laboral en un Reglamento del año 1994 que ha sido parcheado y corregido, pero que, ni aún así, alcanza los niveles de confianza en su articulado como para que podamos sentirnos amparados legalmente en ese texto.

La primacía de la Ley es indiscutible, pero si esta Norma no viene acompañada de un Reglamento actualizado y coherente que la desarrolle, podrá ser cuestionada y, hasta cierto punto, incomprendida en las cuestiones novedosas que incorporaba en el momento en el que fue promulgada.

Nuestros legisladores presumieron en su día de actualizar una legislación que había quedado obsoleta con el paso de los años (procedía del 92) y que era necesario (imprescindible) reformular para permitir que las incesantes reivindicaciones sociales, en cuanto a protección y seguridad, pudieran tener un amparo legal.

El esfuerzo y la concienciación legislativa sobre un Sector que incrementaba continuamente su actividad, funciones y contribuciones, dio como resultado, en ese año 2014, la nueva Ley de Seguridad Privada a la que aún hoy nos seguimos refiriendo como “nueva” a pesar de haber cumplido ya siete años y haber quedado manifiestamente superada, en numerosos apartados, por la continua evolución social.

Ese esfuerzo era la culminación de la preocupación política por nuestro Sector, que se había materializado, en el año 2011, con la publicación de varias órdenes ministeriales (315, 316, 317, 318, etc) que intentaron actualizar en lo posible al Reglamento de Seguridad Privada y acomodarlo, dentro de las posibilidades legales, a los requerimientos sociales.

Sin embargo, muy posiblemente por los cambios políticos que hemos sufrido en los últimos tres-cuatro años, que han provocado cierta inestabilidad política, la evolución legislativa experimentada por el Sector de la Seguridad Privada, y con ella nuestra propia seguridad jurídica, se ha visto frenada y muy cuestionada.

De esa forma, y como consecuencia directa de la no existencia de un nuevo Reglamento que desarrolle a esa Ley, no se han incorporado ni aprovechado las mejoras y novedades que se preveía que se iban a asumir para adaptar nuestro Sector a las nuevas exigencias que demanda nuestra Sociedad.

Habíamos depositado enormes esperanzas en la promulgación de ese nuevo Reglamento de Seguridad Privada que se nos anunció a bombo y platillo allá por el año 2018, en la creencia de que se iba a constituir en la pieza angular que permitiese nuestro desarrollo legal y laboral así como en la regulación coordinada y coherente, con respecto a nuestro incremento operativo, favoreciendo, además, una mayor efectividad en la lucha contra el intrusismo, la falta de homologaciones, la permisividad en la carencia de requisitos, la regulación de acciones formativas, el oportuno fomento de nuestras actividades, el control sobre la capacidad operativa racional, el fraude contractual, etc

Por ello, creo que ha llegado la hora en la que exijamos a la Administración, primero que cumpla con lo que ella misma ha instituido (por ejemplo, la creación definitiva de las Comisiones Mixtas de Coordinación locales, provinciales, autonómicas y nacionales) que tanto se echan en falta, todavía, en numerosos territorios de nuestro País y que podrían contribuir precisamente a la idea que estoy intentado trasladar al lector en este artículo, y segundo pero mucho más importante, que se mentalice y conciencie en la necesidad de que nuestro Sector, al abarcar funciones de protección y seguridad que tanto inciden en la Sociedad, precisa de una legislación actualizada, completa y dinámica que le permita tanto protegerse a sí mismo contra esas lacras que le amenazan, como regular, controlar, fomentar, incentivar, las actividades de un Sector que, como se ha reiterado en numerosas ocasiones, tanta influencia y repercusión tiene para contribuir al mantenimiento y aumento de los niveles de convivencia social en paz y en armonía.

Necesitamos un nuevo Reglamento ya¡, pero quizás también sea necesaria una modificación de la actual Ley de seguridad privada para que la acomode, de una forma mucho más efectiva y eficiente, a los requerimientos de nuestra Sociedad actual, toda vez que la propia evolución de la convivencia humana y la implantación progresiva e imparable de innovadoras formas de comunicación, almacenamiento de datos, de trabajo, etc., exige que nuestros legisladores lleven a cabo su función de una forma mucho más dinámica ya que todos esos sistemas, medios y métodos a los que me refiero, nos hacen depender de mejoras incesantes en medios técnicos, electrónicos, informáticos, tecnológicos, etc., que deben ser contemplados legislativamente para contribuir, mediante su regulación legal o administrativa, a evitar la comisión de  fraudes, delitos, intromisiones, fallos, abusos, etc., que supongan un riesgo para la convivencia.

Pero vayamos paso a paso y pidamos, perdón, EXIJAMOS de forma contundente, que se retome la publicación del Reglamento de Seguridad Privada que derogue totalmente al del año 94 y que desarrolle reglamentariamente la Ley de Seguridad Privada 5/2014.

Una vez conseguido este objetivo, podremos ir contribuyendo entre todos a la estabilización de nuestro Sector, a su reconocimiento social y a la obtención de mayores responsabilidades laborales que, seguro, nos esperan.

Eleuterio Gutiérrez Pérez

Presidente de Asociación Nacional de Directores de Seguridad Siglo XXI

 

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