QUID PRO QUO: RELACIÓN ENTRE LA SEGURIDAD PÚBLICA Y PRIVADA. VER. OIR. INFORMAR.
El presente artículo no pretende ser un exhaustivo estudio científico o académico. Más bien tiene como objetivo principal hacer unas reflexiones prácticas desde el plano normativo, dada la gran importancia y trascendencia práctica que suscita la colaboración pública-privada en un tema tan sensible como es el de la seguridad. Su trascendencia en el día a día, es innegable habida cuenta de ser el destinatario final y último de ambas seguridades la protección de personas y sus bienes. Con esta idea de partida, se estructura el tema en cuestión y, en su consecuencia, se hace menester lanzar al lector las siguientes premisas:
I.- La relación Seguridad Pública/ Seguridad Privada está regulada por diferentes textos legales.
Debemos destacar, en este sentido particular, la Ley de Seguridad Privada, Ley 5/2014, de 4 de abril, donde –como no podía ser de otra forma– se establece la complementariedad y subordinación de la seguridad privada respecto de la seguridad pública. Permítaseme remitir al lector, a mayor abundamiento y para evitar repeticiones innecesarias, a la atenta lectura del Preámbulo I(nueve párrafos, 58 renglones) de indicada LSP.
Así pues, en el plano normativo:
- Seguridad pública, art. 129.1.29 CE.
- Seguridad ciudadana, art. 104.1 CE.
- Seguridad personal, art. 17.1.CE.
- Seguridad privada:
-Concepto, art.2.1 LSP.
–Fines, art.4.LSP
-Colaboración profesional, art. 14 LSP.
-Acceso a la información por las FCS, art 15.LSP.
-Coordinación y participación, art 16 LSP LSP
-Reglamento de Seguridad Privada, artículo 14 y 66.
–Orden INT/314/2011, 1 de febrero, sobre Empresas de Seguridad Privada, art 13. Colaboración con las FCS.
–Orden INT/318/2011, 1 de febrero, sobre Personal de Seguridad Privada, art 32.Deber de colaboración; art 33 Requerimiento de colaboración.
-Art. Cuarto.2 LO 2/86, 13 marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Las principales interrelaciones entre ambas seguridades, a la luz de los textos legales referidos, son:
- Control Administrativo, en su sentido más amplio, de la seguridad pública sobre la seguridad privada.
- Trasvase de información, de la seguridad privada a la seguridad pública.
Las entidades públicas, encargadas de establecer estas relaciones son, principalmente:
- El Cuerpo Nacional de Policía: A través de su Unidad Central de Seguridad
Privada y sus delegaciones o Unidades Provinciales, dependientes de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, que tiene las atribuciones del control administrativo.
- La Guardia Civil: Mediante el Servicio de Protección y Seguridad (SEPROSE), que se encarga de autorizar, controlar e inspeccionar todos los asuntos relacionados con las armas.
Es cierto, también, y no se debe olvidar, por una parte, que existen determinadas Comunidades Autónomas que tienen delegadas competencias, únicamente de control administrativo: Como son el caso de Cataluña, País Vasco y Navarra, y que ejercen esta actividad con unidades de Seguridad Privada pertenecientes a sus propias policías autonómicas o forales: Mossos d´Esquadra, Erztzaintza y Policía Foral de Navarra, respectivamente.
Por otra, que los Cuerpos de Policía, dependientes de la Corporaciones Locales, SON FCS; si bien las FCSE están, integradas, por el cuerpo de la Policía Nacional y por la Guardia Civil (ex art. segundo y noveno, LO 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad)
II.- Dicho lo que antecede, conforme con el contexto legal de referencia ¿Cuál es, entones, el objetivo base, fundamental, para una y para otra seguridad?
El objetivo, nuclear, de la seguridad pública es servir al interés colectivo, (tienen como misión las FCS, proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades; y garantizar la seguridad ciudadana, ex art 104.1 CE; los miembros CFS procurarán auxiliar y proteger a los ciudadanos, siempre que las circunstancias lo aconsejen o fueren requeridos para ello; ex art. quinto. 2. b LO 2/86; auxiliar y proteger a las personas y asegurar la conservación y custodia de los bienes que se encuentren en situación de peligro por cualquier causa, art, once.1.b) mientras que el de la privada es proteger al cliente que le contrata; que es, a la sazón, quien retribuye los servicios profesionales que recibe. (Satisfacer las necesidades legítimas de seguridad o de información de los usuarios de seguridad privada, velando por la indemnidad o privacidad de las personas o bienes cuya seguridad o investigación se le encomiende frente a posibles vulneraciones de derechos, amenazas deliberadas y riesgos accidentales o derivados de la naturaleza, ex art. 4,b) LSP)
La calidad del servicio privado la evalúa, pues, directamente el mercado, las reglas de la sana competencia mercantil; la del servicio público, la valora el ciudadano: Usuario de seguridad privada.
El sector privado tiene, además, una fuerte conexión con las TIC y la innovación, mientras que el público las va incorporando a un ritmo creciente, paulatino, pero inferior. En la actualidad existen muchas aplicaciones tecnológicas que mejoran permanentemente el campo tradicional de la seguridad y que van desde los centros de supervisión de alarmas y su gestión y control de acceso, hasta aplicaciones de circuito cerrado de televisión, que reducen costes de manera significativa para el usuario final.
Y, a la par, aumentan la eficiencia y efectividad del servicio para ese mismo usuario de seguridad privada. Las actividades de vigilancia y seguridad realizadas por el vigilante de seguridad, de forma remota, se llevan a cabo y están respaldadas por RDSI, DSL y GSM; y por tecnología GPRS y RFID. Las aplicaciones de cada una de estas tecnologías, que (dicho sea de paso) están sujetas a normalización y certificación, son incontables y entre ellas se cuentan la seguridad perimetral y las nuevas aplicaciones relacionadas con los avances técnicos en cables, puertas, tornos de acceso, barreras y mata-neumáticos, llaves y en el campo del vidrio. En materia de vigilancia y seguridad electrónicas, nos encontramos con el aumento de calidad de la vigilancia por vídeo, de los circuitos cerrados de televisión y de los sistemas detectores de calor y de detección en 3D. Las aplicaciones de la biometría, entre las que se cuentan las huellas dactilares, la geometría de la mano, el iris y el reconocimiento en 2Do en 3D, con toda seguridad se ampliarán, aun mas, en el futuro no muy lejano.
Ahora bien, a renglón seguido (con relación a esas diferencias y con independencia del sustrato y marco legal) surge la pregunta del millón: ¿Por qué causas, motivos o razones –hoy por hoy, en una sociedad con cambios tan rápidos y profundos– tienen que colaborar ambas seguridades, la pública y la privada?
En primer lugar, podríamos referimos y apuntar a la diversidad de los riesgos actuales a afrontar; y en segundo término, la experiencia acumulada que, atesora indudablemente, el sector privado frente alguno de tales riesgos. Además, no debe olvidarse la necesidad de repartir los enormes costes económicos de la seguridad, especialmente en contextos actuales y complejos de ajustes y de fuerte crisis económica del Estado, instituciones y organizaciones.
La extensión y diversidad de los riesgos actuales, la solera y experiencia de la seguridad privada, aderezado con los costes económicos, por lo tanto, plantean la necesidad de mayor corresponsabilidad y cooperación.
Como dice la LSP, en su exposición de motivos: No solo en España sino fundamentalmente en nuestro entorno europeo, la seguridad privada se ha convertido en un verdadero actor de las políticas globales y nacionales de seguridad. En este sentido concreto, no es ocioso traer a colación el informe de 2016 del World Economic Fórum sobre amenazas globales que sitúa entre los riesgos más altos –tanto por sus daños potenciales como por su probabilidad de ocurrencia– el cambio climático, las migraciones incontroladas, el desempleo, las crisis fiscales, los ciberataques, o el terrorismo, entre otros.
A demás, la Estrategia Europea de Seguridad (ESS) adoptada por el Consejo Europeo a finales del 2003 identifica cinco amenazas clave que afectan a Europa: Terrorismo, proliferación de armas de destrucción masiva, conflictos regionales, descomposición del y la delincuencia organizada. Estas amenazas, de una forma u otra, continúan, en 2017, vigentes y con todo su potencial. Si bien el lector coincidirá en que hoy, la frase de apertura de ESS 2003 «Europa nunca ha sido tan próspera, tan segura ni tan libre”, deviene total y absolutamente obsoleta. Al menos, en cuanto a lo primero se refiere.
En este sentido, por una parte, la alta representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Federica Mogherini, presentó su Estrategia Global para la Política Exterior y de Seguridad de la UE al Consejo Europeo el 28 de junio de 2016. Desde esta fecha, existe una nueva Estrategia Global de la UE (EGUE) 2.016.
La alta representante, a este respecto, ha declarado en Bruselas el 6 de abril 2.016 literalmente: «En los últimos años, el panorama de la seguridad ha cambiado radicalmente. Hemos visto el aumento de las amenazas híbridas en las fronteras de la UE. Se ha instado enérgicamente a la UE a adaptar e incrementar sus capacidades de proveedor de seguridad. Debe seguir reforzándose la relación entre seguridad interior y exterior. Con estas nuevas propuestas, deseamos reforzar nuestra capacidad de lucha contra las amenazas de naturaleza híbrida. En este empeño, intensificaremos asimismo la cooperación y coordinación con la OTAN.
Por otra, significar, que las amenazas híbridas se refieren a una mezcla de actividades que suelen combinar métodos convencionales y no convencionales y pueden ser utilizadas de forma coordinada por agentes estatales, o no estatales, manteniéndose por debajo del umbral de una guerra declarada oficialmente.
Su objetivo, pues, no es solo causar daños directos y aprovechar las vulnerabilidades, sino también desestabilizar las sociedades y crear ambigüedades que dificulten la toma de decisiones. La lucha contra las amenazas híbridas es en gran medida un asunto de competencia nacional, cuya responsabilidad principal radica en los Estados miembros.
A mayor abundamiento, el Informe Anual de Seguridad Nacional 2.015 se revela singular por una razón de gran importancia. Es el primero que se realiza en respuesta al mandato contemplado en la Ley de Seguridad Nacional (36/2015, de 28 de septiembre), porque por primera vez se confiere a la Seguridad Nacional una regulación legal, que NO se entiende sin la participación de los órganos constitucionales y de la sociedad en general. Dicho informe trata de explicar a la ciudadanía las medidas que se ponen en marcha para garantizar una respuesta integral, tanto anticipatoria como reactiva, a los principales riesgos y amenazas.
La dimensión orgánica de dicho informe, permite pasar de la visión a la acción, y consigue que el Sistema de Seguridad Nacional se vaya haciendo más sólido gracias a la administración pública, la sociedad y el SECTOR PRIVADO.
Haciéndose eco de esos riesgos, la ESN, además, considera 12 amenazas: Los conflictos armados regionales, el terrorismo, las ciberamenazas, el crimen organizado, la inestabilidad económica y financiera, la vulnerabilidad energética, la proliferación de armas de destrucción masiva, los flujos migratorios irregulares, el espionaje, las emergencias y catástrofes, la vulnerabilidad del espacio marítimo, o la vulnerabilidad de las infraestructuras críticas y los servicios esenciales como las principales fuentes de riesgo para el país. Además explica cómo el cambio climático, la pobreza y desigualdad crecientes, los extremismos ideológicos, los desequilibrios demográficos, o el mal uso de las nuevas tecnologías son factores desencadenantes y agravantes.
Por lo tanto, el VIGENTE panorama de riesgos y amenazas actual es, de tal profundidad y extensión, que invitan, haciendo inexorable e indispensable, la colaboración entre la seguridad pública y la privada. Sin este maridaje, nuestra sociedad está avoca a sufrir amenazas que se concretan en ataques, con resultado de daños, personales y patrimoniales, sufrimientos y calamidades indeseadas.
III.- ¿Existen, objetivas y claras, evidencias de colaboración entra la seguridad pública y la seguridad privada? ¿Qué indicadores encontramos, ad hoc?
Algunas de estas evidencias, son obtenidas de fuentes abiertas. En base a publicaciones de la propia seguridad privada y de fuentes estadísticas policiales, en concreto Ministerio del Interior.
A)Resulta oportuno y, es menester, situar algunas de las dimensiones del sector de la seguridad privada.
Anuario Estadístico del Ministerio Interior 2.015. Fecha publicación junio 2.016.
A fecha 12- 12- 2015, habilitaciones personal seguridad privada:
- Vigilantes de seguridad: 239.095
- Escoltas privados: 41.124 2
- Vigilantes de explosivos 925.555
- Jefes de seguridad 7.866
- Directores de seguridad 13.960.
- Detectives privados 3.792.
- Guardas rurales10.145.
- Guardapescas martimos3.680.
- Guardas de caza 9.015.
APROSER. Resumen Ejecutivo 2.015.
- La facturación total del sector alcanzó los 481 millones de euros, y aunque todavía es inferior a la realizada en 2007, representa un incremento del 2,87% en términos interanuales. De ellos, 2.159 millones corresponden al segmento de vigilancia, lo que implica un incremento del 1,79%. El área de Sistemas y Alarmas facturó 1.026 millones, con un incremento del 5,45% con respecto al año anterior, en tanto que la actividad de Transporte de Fondos alcanzó una facturación total de 296 millones de euros, con un crecimiento del 2,23%.
- Las previsiones de cierre para 2016, en un escenario estable, deberían mejorar levemente las cifras de 2015 en el segmento de vigilancia, si bien las diversas incertidumbres del entorno nacional e internacional podrían tener una incidencia negativa en las cifras finales. Por otra parte, según se desprende de la información publicada por las empresas del sector, los márgenes comerciales han seguido contrayéndose, reflejándose una nueva e importante disminución en relación con 2014.
- En cuanto a los segmentos de demanda en vigilancia, destaca el sector de Industria y energía con un 17,9%, seguido de Comercio, con un 16,1%. A continuación, las infraestructuras de transporte, que agrupan un 13,8% del total, las Entidades financieras con un 12,5%, los servicios con un 12,3% y la vigilancia en Edificios e instalaciones de Organismos Públicos, con un 8,5%. El resto se reparte en Residencial, Salud, Educación y otros.
- Con un total de 534 empresas de seguridad privada, 1.305 han sido habilitadas por el Ministerio del Interior, 197 por la Generalitat de Catalunya y 32 por el Gobierno Vasco. Según el Instituto Nacional de Estadística (INE) la mayoría de ellas, un 82%, tienen menos de 50 trabajadores, lo que refleja la atomización del sector.
B)Un segundo indicador, nos viene dado por las áreas o sectores antes públicos que pasan al sector privado. Inicialmente, la actividad de la seguridad privada estaba más acotada a los espacios privados. Una de las palancas o de los motores, (aunque no el único), del desarrollo de la seguridad privada es la proliferación de espacios privados de uso masivo, tales como: Grandes centros comerciales, de ocio; complejos deportivos, ferias y exposiciones. Resulta obvio, pues, que se trasfieren o ceden áreas de actividad (que antes eran públicas) a la vigilancia privada. La vigilancia de edificios públicos, aeropuertos, centros internamiento extranjeros, (CIE) prisiones pueden ser algunos ejemplos.
Los mercados nacionales existentes, incluyen segmentos tales como la vigilancia, los servicios móviles, la tecnología, la propiedad colectiva privada y varios segmentos públicos. Los servicios relacionados con la vigilancia incluyen servicios básicos, vigilancia presencial en comercios, eventos, supervisión de puertas (control de acceso), escolta, servicios caninos, museos, servicios auxiliares, servicios de prevención y protección contra incendios, servicios de seguridad en la construcción de vías férreas, servicios de recepción y conserjería y armas de fuego.
Los servicios móviles consisten en patrullas de vigilancia, respuesta móvil a alarmas y a servicios de asistencia, servicios de transporte de fondos y de objetos de valor. La gestión de seguridad tecnológica se refiere –principalmente– a alarmas y a control de instalación de circuitos cerrados de televisión. CCTV.
Los servicios de nivel superior, incluyen los de director de seguridad, prevención de pérdidas, investigación privada y asesoría de seguridad. Los servicios de propiedad colectiva privada, se refieren a la seguridad aérea, la seguridad urbana (estaciones de tren/ metro, patrullas urbanas) y la seguridad marítima. También incluye la protección de infraestructuras críticas y estratégicas.
- C) Como tercer indicador, en relación al número de colaboraciones entre la seguridad pública y la privada, el anuario estadístico del Ministerio del Interior de 2015, muestra las siguientes:
- Nº comunicaciones a la Sala de Coordinación de Seguridad Privada 4.700.
- Nº entrega de detenidos 7075.
- Nº auxilios y colaboraciones 13.2226.
- Total colaboraciones 70.383.
Total de auxilio y colaboraciones: 52.626.
Los ámbitos mayores de colaboración son:
- Hurto: 9.956.
- Identificaciones: 7.221.
- Detenidos por S.P: a disposición de CNP: 3.458.
- Daños materiales: 1.564.
- Comunicaciones de vehículos: 1.021.
- Estafas: 1.090.
Total Alarmas comunicadas FCS: 148.992.
¿Duda, pues, alguien de la riqueza en cantidad y calidad de la colaboración de la seguridad pública y privada?
IV.- ¿Qué metas y objetivos se persiguen con el proyecto Red Azul y programa Coopera?
Los objetivos generales que se pretenden son los que se relacionan a continuación:
- Red Azul:
1.-Objetivos estratégicos:
1.1.-Promover un proceso de cambio que pretende alcanzar un modelo profesional de complementariedad y corresponsabilidad para aprovechar los recursos del sector privado en la seguridad pública.
1.2.- Reforzar la integración de los servicios y capacidades de la Seguridad Privada como recurso externo del Sistema Nacional de Seguridad, para aprovecharlos en beneficio de la seguridad de todos: Personas, organizaciones y bienes.
2.-Objetivos específicos: Entre los responsables del Cuerpo Nacional de Policía y del Sector de la Seguridad Privada.
2.1.- Institucionalizar las relaciones de colaboración.
2.2.- Intensificar los contactos de colaboración, a todos los niveles.
2.3.- Incrementar la información bidireccional.
2.4.- Mejorar la respuesta operativa en las actuaciones de auxilio y colaboración ejecutiva.
2.5.- Conseguir más eficacia y eficiencia de la estructura y medios existentes.
- Programa Coopera:
1.- Potenciar el apoyo operativo entre la Guardia Civil y los departamentos y empresas de seguridad que desarrollen, total o parcialmente, sus actividades dentro del ámbito de competencias de este cuerpo mediante el intercambio bidireccional de información, previa definición de los niveles de relación, canales de comunicación y contenidos específicos objeto de intercambio.
2.- La adhesión voluntaria de los departamentos y empresas de seguridad, mediante la suscripción de un protocolo de cooperación.
- Objetivos comunes de los programas Red Azul y Coopera :
1.- Potenciar y canalizar el trabajo conjunto con las más de 1.500 empresas del sector que disponen de más de 100.000 trabajadores que ofrecen informaciones de estimado valor desde cualquier rincón de la geografía española, desde un domicilio particular a la protección de personalidades o infraestructuras críticas y estratégicas.
2.- Colaboración profesional, de complementariedad y corresponsabilidad, entre seguridad pública y privada, para aprovechar con eficacia y eficiencia los recursos de la seguridad privada por parte de la seguridad pública.
3.-Llevar a cabo actuaciones concretas de colaboración entre CNP/GC y la Seguridad Privada. Intercambio de información y mutuo apoyo en sus respectivas actividades. Mejorando la calidad de los servicios y sus profesiones.
4.-Revisar y evaluar los protocolos de colaboración para una mejora constante, adaptada a los cambios tecnológicos y a los nuevos retos de la sociedad en materia de seguridad.
V ¿A través de qué medios, la seguridad privada podrá realizar la consulta o petición de información tanto al Cuerpo Nacional de Policía como a Guardia Civil?
1.- Cuerpo Nacional de Policía:
- A) El contacto con el Sector de la Seguridad Privada, se llevará a cabo en dos niveles de relación:
- El nivel directivo nacional: Representado por la Unidad Central de Seguridad Privada, destinado al conocimiento de las cuestiones de carácter general que afecten a las entidades con ámbito estatal de actuación.
- El nivel ejecutivo provincial: Representado por la correspondiente Unidad Policial de Seguridad Privada, encargada del tratamiento de las cuestiones que afecten a las entidades de su ámbito territorial de actuación.
- B) Los Grupos de Seguridad Privada (SEGURPRI) –tanto de la Unidad Central como de sus Unidades Provinciales– constituyen el canal profesional único previamente predeterminado que ha de ser utilizado por ambas partes para establecer las relaciones de colaboración entre el CNP y el Sector de la Seguridad Privada.
- C) Los requerimientos de información que se consideren necesarios para la práctica de actuaciones operativas, se realizarán a través de los respectivos Grupos SEGURPRI, que serán los encargados de canalizar la información generada por el Sector, a fin de que pueda ser debidamente evaluada, y de establecer el contacto profesional que resulte necesario en cada caso.
- D) Los requerimientos de información se realizarán cumplimentando los respectivos formularios, que serán remitidos a través del SEGURPRI correspondiente, que será quien mantenga el contacto con el destinatario, al que enviará el requerimiento y recibirá de él la respuesta adecuada, que hará llegar al requirente, todo ello sin perjuicio del contacto directo que pueda establecerse con la Unidad Policial concreta para el mejor seguimiento del asunto, aclaración de dudas u otras cuestiones que se consideren de interés.
E) Estructura de la comunicación.
- –Nivel nacional: La estructura humana y organizativa que el CPN pone a disposición del Sector de la Seguridad Privada para facilitar sus comunicaciones, se constituye por los siguientes servicios operativos:
- La Sala de Coordinación Operativa de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana (teléfono gratuito 900 350 125 y el teléfono 91 322 71 96, fax 91 32271 88/89, y correo electrónico cgsc.segurp@policia.es), con régimen de funcionamiento de 24 horas al día. Constituye el canal profesional abierto para la permanente interlocución operativa de urgencia.
- La Sección de Colaboración de la Unidad Central de Seguridad Privada (teléfono 91 322 39 51/48, fax 91 322 39 18 y correo electrónico colaboracion@policia.es ).Representa el núcleo central para la interlocución profesional de naturaleza operativa.
- La Sección de Coordinación de la Unidad Central de Seguridad Privada (teléfono 91 322 39 15/16/17, fax 91 322 3918 y correo electrónico ucsp.coordinacion@policia.es), encargada de la interlocución profesional para asuntos técnicos o de gestión de carácter general.
–Nivel provincial: La estructura humana y organizativa que el CPN pone a disposición del Sector de la Seguridad Privada para facilitar sus comunicaciones, se constituye por los siguientes servicios operativos:
- La Sala Policial del 091 de las Brigadas Provinciales de Seguridad Ciudadana, destinada a atender las urgencias operativas durante las 24 horas del día.
- Los Grupos SEGURPRI de las Brigadas Provinciales de Seguridad Ciudadana, con los teléfonos, fax y correos electrónicos respectivos, encargados de canalizar la colaboración operativa y del asesoramiento en asuntos de gestión.
–Medios telemáticos: A disposición del Sector de la Seguridad Privada:
- Web institucional (policia.es), en la que se reservará un espacio de acceso abierto para la consulta de informes, estudios, comunicaciones o informaciones de interés general dirigidas al Sector de la Seguridad Privada.
- Teléfonos, SMS y e-mails, para uso de redes sectoriales predeterminadas en caso de comunicación de alertas.
- Aplicación SEGURPRI, de acceso profesional restringido y previamente autorizado por la Unidad Central de Seguridad Privada.
- F) Programas de gestión.
- Programa Contacta: Consistente en la programación de visitas personales a Empresas, Departamentos y Despachos, para fomentar la colaboración, evaluar el potencial de información y detectar cualquier posible necesidad operativa o problema de colaboración.
- Programa Coordina: Abierto a asociaciones empresariales y profesionales y a sindicatos del Sector, está destinado al planteamiento y resolución de cuestiones técnicas u operativas de interés general, mediante la formación de Grupos de Trabajo por áreas o sectores interesados en problemáticas concretas.
- Programa Conforma: Destinado a responder a las necesidades formativas o informativas del personal de Seguridad Privada, mediante la programación de acciones concertadas entre los servicios de seguridad privada y de formación del Cuerpo Nacional de Policía y las empresas y asociaciones del Sector.
- G) Programas operativos.
- Programa Controla: Abierto a asociaciones empresariales y sindicatos, se centra en la lucha contra el intrusismo en el ámbito de la seguridad privada.
- Programa Consulta: A cargo de la Sala Policial de Coordinación 24-H de Seguridad Privada, está dirigido a ofrecer una respuesta inmediata a las necesidades de información operativa de urgencia de vigilantes y escoltas durante su jornada de trabajo.
- Programa Colabora: Dirigido al intercambio de comunicaciones operativas entre las empresas y los d0epartamentos de seguridad, a través de sus Jefes y Directores de Seguridad, con la Sección de Colaboración de la Unidad Central de Seguridad Privada, a nivel nacional. Y los Grupos de Seguridad Privada, a nivel territorial.
- Programa Confirma: Abierto a los Despachos de Detectives, está dirigido a la comunicación e intercambio de informaciones sobre hechos delictivos o relevantes relacionados con investigaciones de los Detectives Privados.
- Programa Conecta: Abierto a los Departamentos de Seguridad de instalaciones o servicios específicos, consistente en la conexión o el acceso policial a bases de datos mantenidas por el sector privado, para el control informatizado de matrículas, personas u otros asuntos de interés para la seguridad.
- Programa Comporta: Abierto a Empresas y Departamentos de Seguridad, está dirigido a poder conseguir el apoyo necesario a operaciones policiales de prevención o de investigación.2.- Guardia Civil:
A) El contacto institucional entre GC y el Sector de la Seguridad Privada, se llevará a cabo en dos niveles de relación:
- Directivo: Nivel central, contactarán el Servicio de Protección y Seguridad (SEPROSE) y los Directores de los Departamentos de Seguridad y Jefes de Seguridad de la Empresas de Seguridad adheridos.
- Operativo: Nivel, provincial, contactarán las Comandancias y los respectivos responsables territoriales designados, al efecto, por los Directores de los Departamentos de Seguridad o Jefes de Seguridad de empresas de seguridad.
B)Canales de comunicación. Uso de medios telemáticos de comunicación. Se establecen canales orgánicos de relación, de acuerdo con los siguientes criterios:
- Web institucional. guardiacivil.es Se reservará en ella un espacio de acceso restringido para informes, estudios y comunicaciones de interés dirigidas a los directivos de Seguridad Privada adheridos. A la incorporación al programa, se asignan las correspondientes claves de acceso.
- Correo electrónico, teléfono, SMS. Entre redes de interlocutores predeterminados y en función de la urgencia de la comunicaciion
- Enlaces permanentes:
–Nivel Directivo: seprose-coopera@guardiacivil.org A este nivel, el Departamento de Comunicación del SEPROSE se hará cargo delas comunicaciones de carácter ordinario que se efectúen con los directivos de las entidades de seguridad privada adheridas al Programa.
– Nivel Operativo: xxxx.segpriva@guardiacivil.org La responsabilidad de la comunicación recae en el Oficial de Enlace con la Seguridad Privada de cada Comandancia, debiendo realizarse las comunicaciones de carácter urgente a través del COS.
- Grupos de coordinación. Son órganos permanentes de carácter mixto, dirigidos por la Guardia Civil, y con ámbito de actuación sectorial. Se constituirán en cada nivel tantos como servicios afectados por una problemática común.
Composición
– Nivel Directivo: SEPROSE, Estado Mayor de la Dirección Adjunta Operativa, Jefatura del Servicio de Información, Jefatura de Policía Judicial, ICAE, y Directores y Jefes de Seguridad que se determine.
– Nivel Operativo: Oficial de Enlace y Oficiales de Policía Judicial, Servicio de Información, Intervención de Armas y territoriales, cuando proceda, además de los Directores y Jefes de Seguridad que se determine.
VI Conclusiones:
- La seguridad privada en España, bajo la preeminencia de los Cuerpos de Seguridad Pública, se configura legalmente como un recurso externo de primer orden para el Sistema Público de Seguridad Nacional, contribuyendo con su trabajo a mejorar la seguridad y la libertad de todos los españoles.
- Hoy por hoy, es absolutamente necesaria la colaboración entre la seguridad pública y la seguridad privada. Colaboración necesaria, al servicio de un concepto de seguridad cada vez más global e integral. Al servicio de la sociedad y de sus ciudadanos, conforme con las demandas de los tiempos que corren.
- No debe olvidarse que, desde 26 junio de 2.015, España se encuentra en el NAA 4, ALTO. Conforme con el Plan de Prevención y Protección antiterrorista. Aumento de las medidas de seguridad privada, puesta en marcha y coordinación de los dispositivos preventivos en caso necesario; y mayor colaboración, ante riesgo de atentados terroristas, con la seguridad pública.
- Articular, de forma eficaz, esa colaboración entre ambas seguridades es, en última instancia, el objetivo último del plan Red Azul y
- El tipo de información que puede suministrar la seguridad privada a la seguridad pública, Policía Nacional, estará referida a: Comunicación de incidencias y alertas de seguridad, acontecimientos especiales, ejecución de planes, personas detenidas, identificadas o buscadas, objetos o vehículos sospechosos o sustraídos, modalidades delictivas, evolución de la criminalidad, informes de situación, boletines informativos, comprobación de datos y antecedentes, y otros de similar o análoga naturaleza que puedan redundar en beneficio de la seguridad pública.
- El tipo de información que puede suministrar la seguridad privada a la seguridad pública, Guardia civil, estará relacionada con informaciones relevantes para la seguridad ciudadana:Concepto amplio en el que se engloban todos aquellos aspectos que contribuyan a mejorar la lucha contra la delincuencia y actos antisociales: Podemos citar, actividades sospechosas o delictivas y denuncias. Modus operandi detectados. Actividad delincuencial no denunciada.
- Como resultado de la vigilancia preventiva y de las medidas de seguridad facilitadas por los servicios de seguridad privada, el coste del delito aumenta para el delincuente, (para el autor); y disminuye para la víctima en general y para la sociedad en particular.
- La conquista de ese futuro, en materia de seguridad global e integral, desde la perspectiva de colaboración seguridad pública/seguridad privada pasa, necesariamente, por la previsión, la adaptación y la innovación, que son las claves que aseguran el progreso de las organizaciones inteligentes.
Antonio Castillo Jiménez
Licenciado en Ciencias del Trabajo
Perito Judicial en Seguridad Privada
Director y Profesor Seguridad Privada
Abogado