La accidentalidad y su investigación en el plano microscópico. Pt. 2

Continuamos con la segunda parte del artículo sobre La accidentalidad y su investigación en el plano microscópico, cuya primera parte se publicó la pasada semana.

 

LA INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE. IMPORTANCIA.

En la labor de encontrar respuestas a las preguntas anteriormente realizadas, los investigadores se encontrarán con numerosos problemas, que derivarán de circunstancias de lo más variado. Sin embargo, las repercusiones de la investigación del accidente serán de primer nivel y muy importantes. En un primer lugar, desde un punto de vista jurídico, y en un segundo lugar con la obtención de información para los poderes públicos y para los constructores de vías y de vehículos.

El resultado de la investigación. El Informe Técnico o Pericial para el Órgano Judicial.

Cuando el investigador entrega el fruto de su trabajo al Juez, está realizando una aportación de una serie de datos y de conclusiones que serán esenciales para una correcta valoración de los hechos y por lo tanto para emitir la correspondiente sentencia. La investigación, por lo tanto, desde el punto de vista judicial es esencial puesto que otorga una serie de conocimientos a la Autoridad Judicial de las que carece ordinariamente.

El informe, fruto de la investigación debe plasmar claramente el proceso deductivo y los datos objetivos en que se basa, determinando con claridad la causa o causas del accidente y también todas aquellas otras circunstancias que hayan tenido intervención en los hechos o en el resultado de los mismos, como por ejemplo la utilización o no de elementos de seguridad pasiva.

La investigación y la reconstrucción de los hechos deben ir de la mano en este documento puesto que ha de indicarse al Juez lo que constituye el incidente de tráfico, el conflicto de tráfico y si esas circunstancias fueron previsibles o evitables para las personas que intervienen en el accidente puesto que de la previsibilidad o evitabilidad de lo que consideramos circunstancia anómala en la circulación se pueden, y de hecho se derivan, responsabilidades civiles y/o penales. Evidentemente, la determinación de la evitabilidad de un hecho está íntimamente ligada a la reconstrucción analítica del accidente, para la que es esencial a su vez la determinación de la velocidad pre-colisión de las unidades de tráfico implicadas en el conflicto.

Una vez que tengamos la causa o causas del accidente y el análisis de las posibilidades de evasión para cada uno de los conductores, deberemos incidir en el resultado lesivo y si los elementos de seguridad pasiva han funcionado o si han sido utilizados y en su caso si han sido utilizados correctamente.

La importancia de la investigación de accidentes en cuanto a la depuración de responsabilidades es esencial y debe ser puesta en manos de profesionales objetivos e imparciales.

El resultado de la investigación para documentos estadísticos.

Desde un segundo punto de vista, los poderes públicos necesitan datos e informaciones relativos a los accidentes de tráfico para poder prevenirlos, adoptando medidas tanto a nivel legislativo como a nivel de supervisión policial y por otro lado para poder incidir sobre la construcción de vías y en la homologación de los vehículos. Los datos que se utilizan a nivel macroscópico, son el fruto de la grabación estadística de los resultados de la investigación microscópica del accidente, y por lo tanto, de la correcta investigación dependerá la fiabilidad de los datos que posteriormente van a ser utilizados por las Administraciones Públicas.

En este sentido, comentar la reciente implantación de la aplicación informático-estadística de accidente de circulación ARENA, en la que la Universidad de Valencia ha colaborado al más alto nivel.  En dicho documento figuran una serie de datos que han de ser recogidos por los investigadores y posteriormente grabados en la aplicación informática.

El formulario estadístico sin embargo carece de algunos apartados o campos de importancia bajo nuestro particular punto de vista. No se establece como posibilidad los diferentes tipos de firme existentes, el tipo de alumbrado utilizado por el conductor en el momento en que ocurren los hechos, etc.

Por otro lado y bajo nuestro particular punto de vista se debería haber diferenciado entre causas inmediatas y factores o causas mediatas al objeto de poder tratar la información a un primer nivel de forma más general, introduciéndose posteriormente en la investigación concreta de los factores o causas mediatas del accidente en un segundo nivel donde podría incidir a un nivel más subjetivo la apreciación del agente de tráfico que confecciona el documento estadístico, puesto que si dichas apreciaciones subjetivas pueden ser objeto de contradicción desde un punto de vista judicial, no lo son desde el momento en que se graba el estadístico, pudiéndose introducir opiniones o conceptos mal utilizados, viciando con ello de error los datos que pudieran extraerse en el análisis macroscópico de la accidentalidad.

Además, consideramos esencial, y vaya en ese sentido desde estas líneas nuestra propuesta de que la información contenida en los documentos estadísticos (salvo la de carácter personal), debería ser accesible a todos aquellos organismos (públicos y privados), que tengan relación o competencias con la Seguridad Vial en España, incluso a los niveles más particulares o concretos, puesto que la información que pueda extraerse de dichos documentos pueda redundar en la mejora de infraestructuras, seguridad activa y pasiva en los vehículos e incluso en los condicionantes de las pólizas de seguro.

 

CRÍTICA AL MODELO ACTUAL DE INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE EN ESPAÑA.

Investigación realizada por Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (Guardia Civil, Policía Local y Policía Autonómica).

Actualmente, como al comienzo del presente ensayo comentamos que la investigación del accidente y la confección de los diferentes atestados e informes técnicos está encomendada por la Ley Orgánica 2/86 de 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los diferentes Cuerpos Policiales.

Dichos Cuerpos suelen realizar tres tipos de documentos diferentes:

(-) Diligencias a prevención: Normalmente en estadillos de campo o similares, que suelen estar normalizados a nivel de cada unidad.

(-) Atestados:  Que se confeccionan cuando como consecuencia del accidente han resultado una o varias personas heridas y que varían muchísimo entre sí puesto que las diligencias policiales suelen estar impregnadas de la forma de expresión, de trabajo o personalidad de aquel que las confecciona.

(-) Informes técnicos: Con una inspección ocular más minuciosa, examen de los vehículos, fotografías, etc.

 

Sin embargo, en dichos documentos, que plasman el resultado de la investigación realizada por los agentes se resaltan singularmente las causas del accidente en la DILIGENCIA DE INFORME sin que en ocasiones se motiven deductivamente las razones que asisten a dicho agente para pronunciarse en ese sentido. Ello conlleva que en algunas ocasiones y debido al gran valor que los jueces otorgan a la investigación llevada a cabo por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, el error cometido por el investigador se traslade al órgano judicial que emite el consiguiente fallo.

En la inmensa mayoría de las ocasiones, las causas de los accidentes son las que se plasman en los documentos policiales (nuestra experiencia así nos lo demuestra), pero en algunas ocasiones quedan ocultas situaciones o condiciones que tras una minuciosa investigación podrían haber quedado al descubierto y podrían haber resultado de especial interés para el órgano judicial.

Casi nunca se realizan estudios de velocidad que acompañen una aseveración sobre velocidades excesivas o inadecuadas como causas del accidente y tampoco suele incidirse sobre la evitabilidad de la situación generada para otro conductor. Pongamos un ejemplo: un accidente en el que un conductor no respeta la prioridad en una intersección regulada por señal vertical de detención obligatoria (STOP), al no percatarse de la circulación de otro vehículo por la vía principal no implica por sí que la causa del accidente haya sido exclusivamente la deficiencia en la percepción sufrida por dicho conductor. Habrá que analizar además si la presencia del vehículo irrumpiendo en la intersección ha originado para el segundo conductor implicado una situación previsible o evitable puesto que de ser así la valoración de las causas y de los factores que inciden en el accidente varía radicalmente.  La valoración de estas circunstancias requerirá obviamente la realización de un estudio de velocidad.

Estamos de acuerdo en que son pocos los hombres que se dedican por la Administración a las labores de investigación de accidentes, que además de dicha investigación han de realizar otras labores (alcoholemia, seguridad, patrullas, etc.), pero es un problema al que ha de darse solución desde la propia Administración puesto que el trabajo que se desarrolla por los investigadores policiales es esencial y tiene grandes repercusiones a diferentes niveles.

En ese sentido, sería importante y necesaria la implantación de grupos de especialistas en reconstrucción de accidentes dotados de programas informáticos de reconstrucción por lo menos a nivel provincial, encargados de la investigación a nivel de Gabinete de los accidentes de circulación, incluso privados.

 

Investigaciones realizadas por peritos y empresas dedicadas a la reconstrucción de accidentes de tráfico.

Tras muchos años de investigación de accidentes y tras visitar los estrados en muchísimas ocasiones, hemos podido observar que en la casuística de los accidentes de circulación la intervención de los peritos en los procedimientos judiciales ha venido “in crescendo” en los últimos años, sin lugar a duda, debido al incremento en el número de siniestros y a la complejidad de los mismos.

Las intervenciones de estos profesionales con sus conocimientos técnicos en las más variadas disciplinas científicas arrojan luz en la investigación, pero sus conclusiones normalmente terminan en la averiguación de la velocidad de los vehículos y en la determinación aproximada de las causas del accidente, para la que se basan en la mayoría de las ocasiones en el estudio de velocidades que previamente han realizado.

Si anteriormente hemos criticado la ausencia de estudios de velocidad en los documentos o estudios de naturaleza policial, ahora hemos de indicar que la investigación de accidentes no culmina con la determinación de las velocidades de los vehículos. Normalmente esa velocidad, será el punto de partida para realizar una reconstrucción analítica del accidente y sin duda determinará valiosamente los distintos estadios en el desarrollo del mismo. No obstante, será la valoración de la velocidad, en conjunción con el resto de datos obtenidos en la investigación, la que nos conduzca a la determinación o aproximación a la causa del accidente.

 

Crítica a los estudios de velocidad.

Como he indicado, en numerosas ocasiones la intervención de los peritos o las empresas se limita a la realización de un cálculo de velocidad. Personalmente hemos visto de todo, desde aplicar el método EBS para la determinación de energía de deformación en base a una fotografía de un vehículo en blanco y negro remitida por fax, hasta utilizar los coeficientes de rozamiento según la velocidad que se pretendía demostrar.

Desde nuestro particular y personal punto de vista, debería realizarse el estudio de velocidad siguiendo un procedimiento de determinación de una velocidad mínima o de una velocidad máxima, utilizando las horquillas de coeficientes de rozamiento e introduciendo un margen de error, de tal forma que la conclusión final del estudio fuese la afirmación de que un determinado vehículo circulaba a una velocidad mínima de tantos kilómetros por hora (utilizando en ese caso los coeficientes de rozamiento más bajos y los coeficientes de rigidez con un margen de error que determinase una velocidad menor)  o que como máximo circulaba a tal velocidad (utilizando en ese caso los coeficientes de rozamiento más altos e introduciendo un margen de error en el estudio de que determinase en ese caso una velocidad superior a la que realmente se pueda demostrar).

Con ello, se podría afirmar sin duda alguna ante la Autoridad Judicial que tal o cual vehículo circulaba a un mínimo de tal velocidad o a un máximo de tantos kilómetros por hora.

La consecuencia de ello sería la introducción de un mayor grado de objetividad en el estudio y con ello en la apreciación como prueba del informe técnico o pericial del Juez encargado de estudiar el caso.

Por otra parte, se echa de menos en la actualidad en nuestro país un estudio riguroso, serio y científico que pudiera servir de base a nivel académico, judicial y de investigación, de los diferentes coeficientes de rozamiento de los pavimentos en sus diferentes estados circunstanciales, al objeto de poder dotar de cierta objetividad y uniformidad a los estudios sobre cálculos de velocidad. Vaya desde aquí nuestra propuesta a la Universidad sobre esta idea.

 

LA FORMACIÓN DEL INVESTIGADOR.

Hasta el momento, la formación del investigador de accidentes de tráfico en España había sido monopolio de la Academia de Tráfico de la Guardia Civil si consideramos la investigación de accidentes desde un punto global e integral.

El accidente de circulación es un fenómeno complejo en el que inciden el factor humano, la vía y el vehículo. En el desarrollo de la investigación se deben tener en cuenta conocimientos y criterios técnicos, de Física, de Automovilismo, de Dibujo y Delineación, de Fotografía, de Psicología, de Técnica Policial, de Topografía, de Informática y de Derecho.

Ante dicha situación se nos plantea una disyuntiva. Existen dos posibilidades: o encargamos la investigación a un grupo de personas diferentes con conocimientos en cada una de las materias o formamos un investigador con los conocimientos básicos en cada una de esas disciplinas para poder afrontar con garantías la investigación de un accidente de circulación.

Nuestra opinión en ese sentido se encaminaría más por esa segunda vía, es decir, a la formación integral de un investigador con conocimiento en disciplinas tan dispares como la psicología y el automovilismo. El análisis continuo del accidente desde un único punto de vista conlleva más ventajas que tener que coordinar los datos puntuales que son aportados por diferentes técnicos.

Si a ello, añadimos la experiencia acumulada a lo largo de los años, habremos formado un investigador con garantías que debería ser utilizado por la Administración (incluso a nivel judicial como perito independiente) en esa labor.

Por otro lado, la evolución de  las teorías sobre el accidente de circulación, del automovilismo, la psicología del tráfico, de la informática, etc., y la observación diaria de la más variada casuística en los accidentes de tráfico, requieren bajo nuestro punto de vista, la dedicación a nivel académico de la Universidad en cuanto a la recogida, recopilación y tratamiento de los datos y su posterior utilización entre otras cosas para  promover una formación continua del investigador de accidentes y la posibilidad de contribución a la seguridad vial con informes periódicos realizados no únicamente por profesionales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad sino por todos aquellos profesionales y sectores que se encuentren implicados o tengan información relativa a los accidentes de tráfico.

 

Andrés I. Cardenete

J.J. Álamo

Gabinete de Investigación

Aplitec Tráfico y Transporte

 

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