La delincuencia organizada presente hoy en España ha evolucionado considerablemente. Efectivamente, si bien siguen proliferando los grupos y organizaciones de origen extranjero asentadas en zonas como la Costa de Sol, en las últimas fechas se han ido consolidando estructuras criminales autóctonas, la mayoría de ellas con un trasfondo étnico común, y para las cuales se ha acuñado el término de «clanes familiares». En un anterior trabajo aparecido en Crónica Seguridad se analizaron las características que presentan estos grupos delictivos. Pues bien, tomando como base dicho trabajo, a continuación se va a analizar el modus operandi de los clanes familiares en lo que constituye su actividad delictiva principal: el tráfico de drogas en el contexto del hachís y la marihuana. Para la elaboración de esta parte del trabajo ha resultado fundamental las conversaciones mantenidas por el autor del mismo con agentes adscritos a las Unidades de Droga y Crimen Organizado (UDYCO) de la Policía Nacional, tanto en la zona del Campo de Gibraltar como en la ciudad de Granada.
Con respecto a los clanes familiares que actúan en la zona del Campo de Gibraltar, su actividad delincuencial se limita prácticamente a transportar y custodiar el hachís procedente de Marruecos, país que continúa siendo el mayor productor del mundo. Así, por un lado se encuentran las organizaciones criminales situadas en el Reino alauita; por otro, aquellas otras organizaciones criminales asentadas en el Centro y Norte de Europa, y que son las que finalmente reciben la droga para su posterior distribución. Entre ambas se ubican los clanes familiares españoles, dedicados como se ha dicho a introducir la droga en España y custodiarla.
Así, son las organizaciones marroquíes las que contactan con los clanes familiares asentados en el Campo de Gibraltar; una zona que dista apenas 15km. de la costa africana. Los contactos se producen fundamentalmente en la zona fronteriza. El trabajo de los clanes familiares consiste en transportar la droga desde Marruecos hasta España, empleando para ello varios sistemas. El más común es el denominado «narcotransporte» a través de lanchas rápidas y motos de agua, las cuales, debido a su gran potencia, pueden cruzar el Estrecho de Gibraltar en apenas 10 minutos. Una vez el cargamento de hachís (en el argot policial «gomas») llega a las costas españolas, es descargado rápidamente por miembros del clan familiar o personas contratadas al efecto. Otro sistema de transporte de la droga es a través de camiones o contenedores marítimos –aprovechando el enorme tránsito de mercancías que diariamente se produce entre el continente africano y Europa– o bien de vehículos privados mediante el sistema de doble fondo. Por último, también se suele utilizar a personas que transportan la droga a través de la frontera, ya sea en el interior del organismo, oculta en el equipaje o adherida al cuerpo.
Una vez recepcionada la droga en España, ésta es almacenada en las denominadas «guarderías» (viviendas, almacenes o naves industriales) para su posterior envío y distribución al resto de Europa. Conviene señalar que tanto en el transporte de la droga como en su posterior almacenamiento en España suele estar presente un ciudadano marroquí miembro de la organización matriz. El objetivo es evitar que se produzcan robos de droga por parte de los clanes familiares o terceras personas. El pago de la actividad realizada por los clanes familiares españoles suele realizarse en metálico, si bien, en algunos casos, también se realizan pagos en forma de entrega de cantidades determinadas de hachís, con las cuales los clanes trafican en territorio español.
El destino final del hachís que llega a España es el Centro y Norte de Europa. La razón es obvia: la organización marroquí sabe que el kilogramo de hachís es más caro cuantas más fronteras atraviesa, por lo que le interesa que su distribución se realice en países como Francia, Alemania, Reino Unido o Polonia, lugares donde el kilogramo de hachís puede superar con creces los 3.000 Euros. Para ello, los grupos marroquíes disponen de contactos con otras organizaciones criminales europeas, las cuales se dedican a la distribución en destino. El transporte de la droga desde España se suele efectuar en la mayoría de los casos por carretera, utilizando, bien camiones que esconden la droga entre toneladas de mercancías de carácter legal, bien coches de gran cilindrada que cruzan la península a gran velocidad, precedidos en todos los casos por otro «vehículo lanzadera» que circula varios kilómetros antes y avisa en caso de existir un control policial.
En el caso de los clanes familiares que habitan en la ciudad de Granada, sus actividades relacionadas con el tráfico de drogas presentan ciertas similitudes con los clanes asentados en el Campo de Gibraltar, aunque también marcadas diferencias, motivadas fundamentalmente por factores de carácter ambiental.
Así, y al contrario de lo que sucede con los clanes familiares analizados anteriormente, en el caso de Granada estos grupos se dedican fundamentalmente a la marihuana, no realizando en puridad labores relacionadas con el transporte de la misma. Por el contrario, su actividad principal es el cultivo indoor de plantas de cannabis, el cual se realiza tanto en naves industriales como, sobre todo, en viviendas situadas en el barrio donde habitan estas familias, así como en casas situadas a lo largo y ancho del área metropolitana de Granada. Estos clanes familiares dedicados a la marihuana cada vez diversifican las plantaciones por más pisos y casas que adquieren en alquiler o propiedad, capaces de recoger una media de cuatro o cinco cosechas por año. En la mayoría de los casos, la electricidad necesaria para el mantenimiento del cultivo la obtienen de forma ilegal a través de defraudaciones del fluido eléctrico. En otros casos, estos clanes familiares suelen comprar la droga a individuos que la cultivan por su cuenta, sin pertenecer por tanto a un clan familiar. Por último hay que señalar que, en no pocas ocasiones, los clanes familiares suelen robar la droga a otros clanes, utilizando para ello, si fuese necesario, la violencia (los denominados «vuelcos»).
Una vez obtenida la droga, la misma se envasa y almacena para su posterior venta y transporte. Para ello, los clanes familiares contactan con organizaciones criminales del resto de Europa, a las que venden la droga para su posterior distribución. Del mismo modo que sucede con los clanes que actúan en el Campo de Gibraltar, los clanes familiares de Granada son conscientes de que la droga tiene mayor valor en el Centro y Norte de Europa que en territorio español. Cuando se llega a un acuerdo con una determinada organización, el pago de la droga se realiza, bien en metálico, bien en especie, ya sea a través de la misma droga (u otras como la cocaína), ya sea mediante bienes materiales como, por ejemplo, coches de lujo.
También con respecto a los clanes familiares que actúan en Granada, el transporte de la droga se suele realizar por carretera mediante el mismo sistema que siguen los clanes que actúan en el Campo de Gibraltar (coches de alta gama y camiones de mercancías). Generalmente, el transporte de la droga es asumida por el grupo que la ha adquirido. Al respecto hay que señalar que la situación geográfica de Granada, la cual dispone de dos autovías que la conectan con el resto de la península y con la frontera con Francia, facilita este medio de transporte de la marihuana.
Por último, resulta necesario señalar que algunos de estos clanes familiares, tanto en Granada como en la zona del Campo de Gibraltar, se dedican también a actividades de menudeo de cocaína y heroína, la cual adquieren –en pequeñas dosis– no sólo de cárteles colombianos o grupos turcos o nigerianos, sino también como pago en especie del hachís y marihuana con el que trafican. Con todo, esta actividad se lleva a cabo de forma residual, ya que los miembros de los clanes, aun considerando el volumen de beneficio que trae consigo el tráfico de cocaína, son conscientes de que las penas por el tráfico y distribución de estas dos sustancias son más graves que en el caso del cannabis.
Finalmente, y a modo de conclusión, resulta evidente que un conocimiento de este modus operandi de los clanes familiares por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado facilita el diseño de operaciones policiales para abortar el transporte, el almacenamiento y la posterior venta de estas drogas tóxicas. Sin embargo, la existencia de legislaciones penales que castigan de forma laxa determinadas conductas ligadas a los delitos de tráfico de droga no sólo puede convertir en papel mojado la efectividad policial, sino paralelamente fomentar el fenómeno. Hay que recordar al respecto que los delitos de tráfico de drogas recogidos en el vigente Código Penal (CP) presentan tipologías que, en algunos casos, llevan aparejada una pena que resulta claramente más benigna que la prevista en otras legislaciones penales europeas. Sin ir más lejos, el art. 368 CP contempla una pena de uno a tres años de prisión para las actividades de cultivo y tráfico de hachís o marihuana. Según vienen reiterando las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que actúan contra el narcotráfico, estas penas tan benignas no resultan en modo alguno intimidatorias para los miembros de los clanes, los cuales asumen que, en caso de ser condenados, su estancia en prisión va a ser desde luego corta.
Miguel Ángel Cano Paños.
Universidad de Granada